
Panamá: Paraíso Fiscal
La principal ventaja de hacer negocios e inversiones en Panamá es su particular sistema financiero y tributario que hacen de Panamá un paraíso Fiscal, la razón de esta bien ganada fama, deriva de la naturaleza muy especial del régimen tributario panameño, el cual se erige sobre un pilar fundamental: el principio o criterio de la fuente como base de imposición en materia de impuesto a la renta. En Panamá es objeto del impuesto sobre la renta solo lo que se
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Fim dos Paraísos Fiscais?
depositomaia.blogspot.comobtenga de cualquier fuente dentro del territorio de la republica. En consecuencia, cualquier actividad que realice una persona natural o jurídica fuera del territorio fiscal de la Republica de Panamá que origine renta, no está sujeta a ningún impuesto en panamá, por no haberse generado dentro el territorio de la republica. Por lo tanto, toda persona, independiente de su nacionalidad, domicilio o residencia que se encuentre en Panamá y reciba ingresos de fuente extranjera no está sujeta a pagar Impuesto Sobre la renta, por ser esta de fuente no panameña.
Adicional a estas ventajas no existe en Panamá un organismo de control de las sociedades o una superintendencia de sociedad, por lo tanto no existe control gubernamental sobre las sociedades anónimas pequeñas; no se requiere que los accionistas se inscriban en ningún Registro Público y las acciones pueden ser emitidas al portador, por lo que el anonimato en cuanto a quiénes son los accionistas de la sociedad es cien por diento seguro. Ni siquiera el abogado que constituye la sociedad tiene forma de conocer al o a los accionistas.
Otra de las ventajas de las sociedades panameñas es que las sesiones de su directorio y la junta de accionistas pueden celebrarse en cualquier parte del mundo; por otro lado la legislación panameña no distingue entre sociedades residentes y no residentes, como otros Paraísos Fiscales como las Islas Vírgenes, las Bahamas y las islas Caimán, las sociedades anónimas panameñas pueden hacer negocios dentro o fuera de Panamá, con panameños o extranjeros no importando el domicilio de los últimos.
Los, intereses que se devengan de cualquier deposito en cuenta de ahorro, tampoco estarán afectos al impuesto sobre la renta. Expresamente la ley dice que están exentos de todo impuesto sobre la renta los intereses que se reconozcan o paguen sobre los depósitos en cuenta de ahorros, a plazos o de cualquier otra índole, que se mantengan en las instituciones bancarias establecidas en la Republica, ya sean depósitos locales o extranjeros. Es así como Panamá nos e requiere ningún tipo de formalidades de registro o de información que deban dar los bancos a la Unidad de Análisis Financiero de la Presidencia de la Republica sobre sus clientes, por operaciones financieras de más de US%10.000. Dicha información es utilizada para la investigación del lavado de dinero producto del narcotráfico. En todo caso, los capitales lícitos pueden entrar y salir libremente y permanecer depositados en el sistema bancario el tiempo que se estime conveniente, por ejemplo 24 horas, sin la necesidad de pagar un encaje.
Otras de las ventajas de Panamá como Paraíso Tributario es el Secreto Bancario en las cuentas bancarias cifradas. Las informaciones sobre cuentas corrientes bancarias cifradas sólo podrán ser reveladas a los funcionarios de instrucción que conozcan de procesos criminales, quienes deberán mantener la información en estricta reserva dado el caso de qué ésta no sea conducente a esclarecer los hechos punibles que se investigan.